Existe un refrán popular que dice “papelitos hablan”, muy acertado, cuando de relaciones comerciales se trata. Sobre todo en el sector inmobiliario donde los acuerdos con el cliente, en este caso propietario de una vivienda para vender o alquilar deben quedar bien claros.

La mejor manera es, a través de un contrato inmobiliario de exclusividad, mediante el cual, se regula la relación entre agencia y propietario. De esta forma, ambos conocen de antemano los términos y beneficios de la venta, si esta se produce. Así como las responsabilidades que adquiere cada uno sobre la misma.

Ejemplo, en el contrato debe quedar plasmado que el vendedor no podrá ofrecer la vivienda a otra agencia o a un potencial comprador. Así como la comisión que el agente o agencia inmobiliaria o recibirá en caso de que el inmueble se venda.

También el compromiso del agente o agencia a promocionar activamente los inmuebles en exclusiva para propiciar su venta en el menor plazo, mientras dure el contrato de exclusividad. Estos tienen una duración promedio de 6 meses a un año.